Nuevas medidas de apoyo a las personas con discapacidad.

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DECRETO LEY 19/2021, de 31 de agosto

Nueva concepción de la capacidad jurídica de la persona y eliminación de la institución de la tutela, curatela y potestad prorrogada o rehabilitada.

El nuevo régimen que establece este Decreto ley se fundamenta en la modificación de la actual institución de la asistencia, que a partir de ahora reemplazará en Cataluña las tutelas y curatelas, las potestades parentales prorrogadas y rehabilitadas y otros regímenes tutelares.

A partir de la entrada en vigor de este Decreto ley, la tutela, la curatela y la potestad parental prorrogada o rehabilitada ya no se pueden constituir en relación con las personas mayores de edad, en todo caso, se les aplicará, si procede, el régimen de la asistencia.

Y mientras no se produzca la futura reforma del conjunto de instituciones de protección de la persona, la tutela y la curatela se aplicarán sólo a las personas menores de edad.

La revisión de las medidas ya adaptadas se tiene que realizar en el plazo máximo de un año desde la solicitud, así pues las personas con la capacidad modificada judicialmente, los progenitores que tienen la potestad parental prorrogada o rehabilitada y las personas que ejercen cargos tutelares o de curatela deben solicitar la revisión de las medidas que se hayan establecido para adaptarlas a la supresión de la modificación judicial de la capacidad y aplicar, si procede, el régimen de asistencia que regulan los artículos 226-1 a 226-8 del Código civil de Cataluña.

La reforma introducida por este Decreto ley permite aplicarla con todo el abanico de facultades que la persona concernida pueda necesitar e incorpora entre otras novedades, que se puede designar a la persona que tiene que prestar la asistencia tanto por la vía judicial, como hasta ahora, como mediante el otorgamiento de una escritura pública notarial, el cambio de paradigma de la capacidad jurídica y la autonomía y desjudicialización de la discapacidad.  

La reforma permite otorgar a determinadas situaciones de hecho un reconocimiento legal que en un futuro posibilitará que la persona que necesite apoyos asistenciales evite un procedimiento de incapacidad, nos estamos refiriendo a la figura de la asistencia y la guarda de hecho. 

La reforma intenta poner de relieve figuras jurídicas que permiten a la persona adelantarse y prever su sistema de apoyo y protección para cuando su edad o su salud no se lo permitan, como es la figura del poder preventivo. Palà Advocats siempre ha abogado por este sistema de prevención y gracias a nuestro asesoramiento, muchos de nuestros clientes cuentan ya con un sistema de protección de su capacidad.

Palà Advocats es un despacho jurídico especialista en el Derecho de la Persona y de la Familia, y nos ponemos a disposición de nuestros clientes para asesorarles y apoyarles en la adaptación del nuevo sistema de protección de las personas con discapacidad. El Real Decreto establece un nuevo sistema basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de las personas con discapacidad, para mejorar sus condiciones actuales y futuras y desde Palà Advocats nos ofrecemos para ayudarles en la transición hacia los nuevos sistemas y conseguir un cambio real y efectivo en la vida de los discapacitados y su familia.

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